Impuesto Personas Jurídicas
Fecha Límite martes 31 enero 2025
Contribuyentes del Impuesto Persona Jurídicas
Las sociedades mercantiles, las sociedades de una sucursal extranjera o su representante legal y las empresas individuales de responsabilidad limitada, inscritas o que en adelante se inscriban en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional.
Periodo de Pago
El período de pago es del 1 de enero al 31 de enero. Las sociedades inscritas deberán pagar el monto proporcional al momento de inscripción en el Registro Nacional.
Exoneraciones Impuesto Persona Jurídica
Todas las personas juridicas inscriptas en el RUT y reportadas como exentas por el MEIC en condición de PYMEs o MAG en PIMA.
Sanciones
Intereses a cargo del obligado tributario según lo establece el artículo N°57 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios.
El
Registro Nacional no podrá emitir certificaciones de personería
jurídica, certificaciones literales de sociedad, ni inscribir ningún
documento a favor de la persona jurídica que esté en deuda.
Las personas jurídicas morosas de este impuesto no podrán contratar con el Estado o cualquier institución pública.
Las deudas de este impuesto constituirán hipoteca legal preferente o prenda preferente.
La acumulación de la no cancelación de tres periodos consecutivos será causal de disolución, previa publicación mediante edicto